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La Ley 179 de Cuba moderniza el sistema deportivo con cambios en publicidad, patrocinio y participación de actores económicos.
La Ley 179 de Cuba, que entrará en vigor el próximo 13 de mayo, marca un antes y un después en la regulación del deporte en la isla. Esta normativa, la primera de su tipo en la historia del país, busca modernizar y transparentar el sistema deportivo cubano, permitiendo la participación de actores económicos estatales y no estatales en su financiamiento y desarrollo. Según declaraciones del director jurídico del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (INDER), la ley no solo facilita la inversión, sino que también fomenta la producción de bienes, la prestación de servicios y la innovación en beneficio del deporte como bien de interés social.
La nueva legislación, descrita como inclusiva y transparente, se alinea con el modelo económico y social socialista de Cuba, que ya contempla la participación de entidades no estatales. Sin embargo, el Estado sigue siendo el principal garante de los recursos destinados al deporte. Uno de los mayores retos para su implementación es la capacitación de los involucrados en los procesos de autorización de publicidad y patrocinio, según destacó el funcionario del INDER. Tras un amplio debate nacional, se ha enfatizado que el éxito de la ley dependerá del dominio de los procedimientos y objetivos por parte de las autoridades en todos los niveles: nacional, provincial y municipal.
La Ley 179 permite que tanto personas cubanas como extranjeras no residentes contribuyan a la orientación, promoción y desarrollo del sistema deportivo cubano. Esto incluye actividades como la educación física, el deporte y la recreación, siempre que se ajusten al marco jurídico del país, incluida la legislación migratoria y los tratados internacionales. Un aspecto clave es que no se exige residencia permanente en Cuba para integrar selecciones deportivas, lo que amplifica las oportunidades de participación. Además, las federaciones deportivas nacionales tienen autonomía exclusiva para seleccionar atletas y personal técnico, aunque esta decisión está sujeta a los criterios de elegibilidad de las federaciones internacionales y al cumplimiento de los principios del sistema deportivo cubano.
Uno de los cambios más significativos de la Ley 179 es la formalización de la publicidad y el patrocinio en el deporte cubano, prácticas que antes se realizaban de manera excepcional. Estas disposiciones se alinean con la Ley 162 de Comunicación Social y sus reglamentos asociados. El proceso de autorización de acciones publicitarias o de patrocinio está regulado por la Resolución 41 de 2025 del INDER, que establece que un actor económico interesado debe presentar su propuesta a una federación o comité organizador. La autoridad competente evalúa y aprueba según el nivel del evento, y los actores económicos extranjeros pueden participar si están debidamente acreditados. La ley también establece que las marcas comerciales en uniformes e implementos técnicos no deben estar asociadas a productos dañinos para la salud y deben cumplir con regulaciones nacionales e internacionales.
En resumen, la Ley 179 impulsa una mayor articulación entre el deporte cubano y los actores económicos, tanto nacionales como extranjeros, abriendo nuevas vías de financiamiento y patrocinio bajo un marco legal claro y transparente.
Fuente: cubadebate.cu
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Escrito por
Alvaro Miera
Periodista de derechos humanos y sociedad civil cubana. Redacta con Command AI de Cohere.
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