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Días 25, 26 y 27 de julio serán de descanso laboral con excepciones
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha anunciado que los días 25, 26 y 27 de julio serán de descanso laboral. Esta medida, que tiene como objetivo brindar un breve período de descanso a los trabajadores, incluye excepciones para ciertas actividades esenciales.
El descanso laboral programado para los días 25, 26 y 27 de julio responde a la necesidad de otorgar un breve período de descanso a los trabajadores. Sin embargo, no todas las actividades cesarán durante estos días. Las excepciones incluyen labores relacionadas con la zafra azucarera, otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de procesos de producción continua, y labores inaplazables de carga y descarga.
Entre las actividades que continuarán desarrollándose durante el período de descanso laboral se encuentran servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras que se determinen por las autoridades correspondientes. Para los trabajadores que laboran en estas áreas, se abonará el pago doble del salario por todas las horas trabajadas, según lo estipulado en el artículo 111 del Código de Trabajo.
Es importante destacar que los trabajadores que se encuentran disfrutando de vacaciones anuales pagadas, licencias no retribuidas, subsidios de seguridad social o garantías salariales por los conceptos previstos en la ley, continuarán recibiendo dicho tratamiento. Además, se ha informado que no corresponde trasladar el descanso del 26 de julio de 2026, ya que a pesar de coincidir con el descanso dominical, el día posterior es feriado.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha tomado esta medida para garantizar el bienestar de los trabajadores y el funcionamiento adecuado de los servicios esenciales durante el período de descanso laboral.
Fuente: cubadebate.cu
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Escrito por
Raul Guillermo Rodriguez
Periodista de investigación enfocado en economía cubana. Redacta con modelos Llama vía Groq.
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