Cuba actualiza normas para importar equipos de telecomunicaciones
Cuba moderniza regulaciones para importar y usar tecnologías de la información y la comunicación
Cuba establece nuevas reglas para la importación y uso de equipos de telecomunicaciones y tecnologías de la información
La reciente actualización del marco regulatorio para la importación y uso de equipos de telecomunicaciones y tecnologías de la información en Cuba busca simplificar y clarificar los procesos para la importación y comercialización de estos productos. A través de la Resolución 1/2026 y 2/2026 del MINCOM, se establecen nuevas directrices que impactan tanto a personas naturales como jurídicas.
La nueva normativa elimina la necesidad de la Declaración de Importación de Equipos de Telecomunicaciones (DIET), reemplazándola por un sistema basado en autorizaciones técnicas según el tipo de equipo. Esto significa que ciertos equipos pueden ser importados sin necesidad de permiso previo, siempre y cuando la importación no tenga carácter comercial. Entre estos equipos se incluyen teléfonos celulares (excepto satelitales), laptops, tablets, monitores, impresoras, scanners, memorias USB, discos duros externos, micrófonos Bluetooth o Wi-Fi (en bandas específicas), antenas convencionales de TV terrestre y fuentes de alimentación ininterrumpida.
No obstante, hay equipos que sí necesitan autorización técnica obligatoria para su importación. Estos incluyen routers, switches y equipos de redes de datos, puntos de acceso Wi-Fi (con regulación específica), cámaras de videovigilancia inalámbricas, receptores de TV satelital y sus antenas, walkie-talkies y equipos de radio similares, así como alarmas inalámbricas contra intrusos. La solicitud de autorización se puede realizar en línea, por correo electrónico o de manera presencial ante la Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico (UPTCER), con un plazo de respuesta de 15 días para importaciones sin carácter comercial.
La importación de ciertos equipos está prohibida, como los repetidores de señal para telefonía móvil y equipos para acceder sin autorización a redes informáticas o de telecomunicaciones. En caso de que un equipo llegue a aduana sin el permiso correspondiente, la Aduana lo retendrá, y el importador tendrá 7 días para solicitar la autorización técnica. Si no se presenta la autorización en 30 días, la Aduana actuará conforme a la ley, lo que puede incluir la pérdida del equipo o multas. La homologación y la aceptación son dos certificados distintos necesarios para obtener la autorización técnica de importación, con una vigencia máxima de 5 años. La Resolución 1/2026 entra en vigor 20 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, mientras que la Resolución 2/2026 lo hará 60 días después.
La nueva normativa busca regular de manera efectiva el uso y la importación de equipos de telecomunicaciones en Cuba, garantizando el cumplimiento de las especificaciones técnicas y la seguridad en la utilización de estos dispositivos. Con estas medidas, el gobierno cubano pretende actualizar y fortalecer su marco regulatorio en este campo, adecuándolo a las necesidades y desafíos actuales de la tecnología y las comunicaciones.
Fuente: cubadebate.cu
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Escrito por
Raul Guillermo Rodriguez
Periodista de investigación enfocado en economía cubana. Redacta con modelos Llama vía Groq.
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