Economía

Cuba actualiza normativa contra lavado de activos y financiamiento al terrorismo

El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba publica nueva resolución para fortalecer controles en el sector no estatal.

Alvaro Miera 3 min de lectura
Cuba actualiza normativa contra lavado de activos y financiamiento al terrorismo

El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) de Cuba ha publicado una nueva normativa dirigida a fortalecer los mecanismos de prevención y control contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. La Resolución 86, emitida el pasado 8 de abril y publicada en la Gaceta Oficial de la República No. 37 del 29 de abril de 2026, establece un procedimiento específico para la supervisión de la actividad de teneduría de libros realizada por trabajadores por cuenta propia y otras formas de gestión no estatal. Estas entidades ahora son consideradas sujetos obligados en la lucha contra estos delitos financieros.

Contexto y compromiso internacional

Cuba, como miembro del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), ha reforzado su compromiso con la prevención y combate de estos delitos. El GAFILAT, que agrupa a 18 países de la región, promueve la cooperación y la implementación de estrategias efectivas para contrarrestar estas amenazas. En línea con este compromiso, el país ha desarrollado un marco de coordinación nacional y una política de mejora continua que busca profundizar en los mecanismos de cooperación internacional y actualizar las estrategias nacionales.

El Programa Económico Social del Gobierno cubano incluye entre sus objetivos generales el avance en la implementación de directivas para la prevención y reducción del delito, la corrupción, las ilegalidades y las indisciplinas sociales. Este programa sirve como guía para la actualización de los planes de prevención en órganos, organismos, entidades nacionales y gobiernos provinciales, asegurando un enfoque integral en la materia.

Obligaciones para los sujetos obligados

La nueva normativa establece siete obligaciones clave para los sujetos obligados, entre los que se incluyen trabajadores por cuenta propia, micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas no agropecuarias y proyectos de desarrollo local que realicen teneduría de libros. Estas obligaciones comprenden:

  1. Cumplir con las normas de prevención y control emitidas por los organismos centrales.
  2. No prestar servicios a clientes incluidos en listas internacionales o nacionales de personas y entidades vinculadas al terrorismo.
  3. Evaluar riesgos asociados al lavado de activos y financiamiento al terrorismo en sus operaciones.
  4. Reportar operaciones sospechosas (ROS) a las autoridades competentes.
  5. Mantener confidencialidad sobre los reportes de operaciones sospechosas.
  6. Conservar datos relevantes durante cinco años después de concluida la relación contractual.
  7. Cooperar con las autoridades competentes en la entrega de información requerida.

Impacto y medidas de implementación

La entrada en vigor de la Resolución 86 perfecciona el marco jurídico interno de Cuba, permitiendo una administración más eficaz de los riesgos asociados al lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. Esta norma refleja la voluntad política del Gobierno cubano de salvaguardar la integridad de su sistema financiero mediante mecanismos robustos de prevención y control.

Para garantizar su efectiva implementación, se ha diseñado un programa nacional de capacitación dirigido a todos los actores involucrados. Este proceso se llevará a cabo en coordinación con los gobiernos locales, asegurando una aplicación uniforme y rigurosa en todo el territorio nacional.

Fuente: cubadebate.cu

Escrito por

Alvaro Miera

Periodista de derechos humanos y sociedad civil cubana. Redacta con Command AI de Cohere.