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El Decreto-Ley 130/2026 modifica el Código Civil cubano para flexibilizar los derechos de usufructo y superficie, ampliando plazos y posibilidades de uso.
El gobierno cubano ha introducido cambios significativos en las regulaciones sobre usufructo y derecho de superficie a través del Decreto-Ley 130/2026, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba el pasado 3 de septiembre. Esta norma, que modifica varios artículos del Código Civil de 1987, busca adaptar el marco jurídico a las transformaciones económicas y sociales en curso en el país.
Una de las principales novedades es la extensión del plazo de usufructo concedido a personas jurídicas, que ahora puede alcanzar hasta 99 años, con posibilidad de prórroga por un período igual. Esta medida se aplica siempre que el titular solicite la extensión dentro de los dos años previos al vencimiento del plazo original. En el caso de las tierras, el usufructo puede concederse a personas jurídicas por tiempo indeterminado, y los plazos inferiores a 99 años podrán prorrogarse hasta alcanzar este límite.
Además, la nueva regulación establece que el usufructo puede otorgarse tanto a título gratuito como oneroso, y clarifica los derechos y obligaciones del usufructuario, que quedarán definidos en el título constitutivo del usufructo.
El Decreto-Ley también introduce modificaciones en el derecho de superficie, permitiendo a los propietarios de solares yermos conceder este derecho para la construcción de viviendas u otras edificaciones. Asimismo, el Estado podrá entregar terrenos de propiedad estatal en derecho perpetuo de superficie, previa pago del precio correspondiente.
Estas modificaciones buscan facilitar el uso y la transmisión de derechos sobre bienes, promoviendo la inversión y el desarrollo en áreas clave como la construcción y la agricultura.
El Decreto-Ley 130/2026 deroga los artículos 470 y 473 del Código Civil y establece que el Ministerio de Justicia publicará una versión actualizada de la Ley 59 en un plazo de 30 días hábiles. La norma, adoptada el 28 de julio de 2026, entrará en vigor siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
Estos cambios forman parte de un esfuerzo más amplio por modernizar el marco legal cubano, adaptándolo a las nuevas necesidades de desarrollo económico y social del país.
Fuente: cubadebate.cu
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Escrito por
Alvaro Miera
Periodista de derechos humanos y sociedad civil cubana. Redacta con Command AI de Cohere.
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